Bases para la instalación de barras de bebidas durante la fiesta de Los Mayos 2018

Primera: objeto

Estas bases tienen por objeto regular la concesión para la instalación de barras de bebidas en eventos extraordinarios de las fiestas de Los Mayos de Alhama de Murcia, durante el año 2018. La instalación de las mismas deberá ajustarse a las presentes condiciones, complementando las determinaciones de otra cualquier ordenanza municipal que fueran de aplicación y acuerdos municipales. 

Las barras, instaladas sobre terreno municipal tienen, por ello, carácter público. Su administración corresponde al Ayuntamiento y tienen como objetivo fundamental contribuir al realce y esplendor de cada uno de los eventos. 

Con tal propósito, el Ayuntamiento, a través de las concejalías de Festejos, Comercio y Hostelería, como responsables de la planificación, gestión y ordenación de las fiestas velará por el cumplimiento de la normativa vigente.

Segunda: eventos extraordinarios y características de su ubicación

Para cada uno de estos eventos, que a continuación se relacionan, el adjudicatario deberá presentar, previamente a la colocación de barras, un croquis de ubicación de las mismas, para consensuar su colocación, con las concejalías de Festejos y Hostelería.

2.1. CONCURSO DE ARROCES DE LOS MAYOS. 

Se instalarán el día 1 de mayo, durante el desarrollo del Concurso de Arroces, entre las 11 y las 18 horas, aproximadamente, estableciéndose el horario de acuerdo con la concejalía de Festejos. El número de barras a instalar será de un máximo de 3 y el Ayuntamiento de Alhama de Murcia facilitará una caseta que se utilice como almacén. El lugar será en el Parque de la Cubana, antiguo PIT. En caso de que se modifiquen las fechas de la fiesta, la concejalía de Festejos lo comunicará con antelación a la empresa arrendataria.

2.2. CONCIERTO DE LOS MAYOS. 

El día 5 de mayo, durante el desarrollo del concierto de Los Mayos, entre las 22 horas del sábado 5 y las 2'00 horas del domingo 6 de mayo, aproximadamente, estableciéndose el horario de acuerdo con la concejalía de Festejos. El número de barras a instalar será de un máximo de 8 y el Ayuntamiento de Alhama de Murcia facilitará una caseta que se utilice como almacén. El lugar será en el Parque de la Cubana, antiguo PIT. En caso de que se modifiquen las fechas de la fiesta, la concejalía de Festejos lo comunicará con antelación a la empresa arrendataria.

Tercera: solicitud de autorización

Todas las personas físicas o jurídicas interesadas en la concesión, deberán solicitarlo por escrito al Ayuntamiento mediante instancia, Anexo 1,  que podrán recoger en la Concejalía de Festejos del Ayuntamiento de Alhama de Murcia, sita en la Casa de Cultura.

Junto a la instancia (Anexo 1) se acompañará:

- Fotocopia del CIF o NIF del solicitante y en su caso, del representante.

- Declaración responsable, según Anexo 2.

- Oferta económica para la concesión de la instalación de estas barras. La oferta deberá presentarse en un sobre cerrado.

La oferta mínima debe ser la siguiente:

LOTE: Concurso de Arroces de Los Mayos. 

Concierto de Los Mayos.

300 €.

Sólo se admitirá una solicitud por entidad o por local de negocio.

Las instancias se podrán recoger desde el mismo día de publicación de las presentes bases, finalizando el plazo de presentación de las mismas el 15 de marzo de 2018,  a las 14.00 horas.

Cuarta: requisitos

Pondrán optar al arrendamiento de este servicio cualquier empresario hostelero, implantado en Alhama de Murcia, sean personas físicas y/o jurídicas, debidamente dados de alta como tales en IAE.

Deberá estar al corriente de sus obligaciones económicas y fiscales con las administraciones públicas, incluido el Ayuntamiento de Alhama de Murcia.

La explotación se hará directamente por los peticionarios y aceptando las presentes bases y restantes normas que rigen en relación con las fiestas, resultando el solicitante responsable de cualquier falsedad o incumplimiento.

Quinta: comisión de seguimiento

La comisión de seguimiento estará integrada por las concejalas delegadas de Comercio, Hostelería y Festejos y la funcionaria coordinadora de la concejalía de Festejos.

La Comisión tendrá las competencias que se establecen en estas bases y velará por el cumplimiento íntegro, resolviendo las cuestiones que puedan surgir sobre interpretación, desarrollo y efectos de la aplicación de las mismas. Será quien apruebe al concesionario la colocación o ubicación exacta de las barras. 

Sexta: procedimiento de adjudicación

La adjudicación de las barras se realizará mediante subasta cerrada, entre todos los solicitantes, que reúnan las condiciones para optar al arrendamiento. El día, hora y lugar se comunicará previamente a los interesados.

Séptima: otras obligaciones

7.1. Los establecimientos solicitantes se comprometen expresamente a no traspasar o ceder su barra a otro titular distinto al solicitado en la instancia de presentación.

7.2. El Ayuntamiento de Alhama de Murcia, dotará en cada uno de los eventos relacionados: 

- Caseta-quiosco, con instalación de luz.

- Servicios generales para el uso público. 

7.3. El responsable de las barras se compromete a dejar el lugar de ubicación en idénticas condiciones en que se lo encontraron, a cumplir estrictamente las medidas preventivas que regulan las normas higiénico-sanitarias, observando medidas de higiene tanto en las barras y bebidas a consumir, así como el decoro y ornato del interior y exterior de cada barra, responsabilizándose personalmente de todos desperfectos que se puedan ocasionar, así como indemnizar los daños y perjuicios que pudieran irrogarse a las personas y bienes de usuarios y/o terceros como consecuencia de la realización de esta actividad.

7.4. No se podrán servir bebidas-refrescos (cerveza, cola, etc.), en formato de botella de cristal. La bebida deberá ser servida directamente en vasos, es decir no se podrá entregar al cliente, ningún tipo de envase (botes o botellas de plástico).

7.5. Será responsabilidad del arrendatario la limpieza de la zona y alrededores de donde está ubicada la barra.

7.6. Queda totalmente prohibida la venta de alcohol a menores de 18 años, anuncio que tendrá que estar reflejado en pizarras o panel de anuncios, junto con los precios correspondientes de bebidas. Los precios, podrán ser libremente determinados por el arrendatario, si bien, deberán exponer de forma clara y visible, los precios de cada producto. 

7.7. Queda prohibido introducir vehículos de cualquier tipo al recinto, excepto aquellos que por tiempo limitado deban prestar servicios y siempre fuera del horario de apertura al público. 

7.8. El  arrendatario está obligado a respetar el horario de cierre que se haya fijado en cada evento.

Octava: incumplimiento de obligaciones

Si se incumpliese cualquiera de estas obligaciones, se podrá cerrar la barra y  rescindir el arrendamiento, por el tiempo que quede pendiente, de oficio o por denuncia, sin que pueda reclamar al Ayuntamiento indemnización por daños o perjuicios por el cierre decretado, además de no poder presentarse para optar a este servicio en los dos años siguientes. 

Si se diera el caso de que el establecimiento beneficiario tuviera que renunciar al servicio que se le adjudique, no podrá en ningún caso traspasarla, sino que deberá comunicarlo al Ayuntamiento para que su espacio sea adjudicado nuevamente, con las solicitudes presentadas en el plazo establecido.

 

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