Se modifica la convocatoria de ayudas económicas para la adquisición de libros de texto y material didáctico e informático

El Ayuntamiento de Alhama, a través de la Concejalía de Educación, informa que la Orden de 14 de septiembre de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas económicas para la adquisición de libros de texto y material didáctico e informático complementario para el alumnado de los niveles obligatorios de la enseñanza escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos durante el curso 2012-13, queda modificada en el párrafo a) del artículo 8.3 del siguiente modo:

a) Factura oficial justificativa de la adquisición de libros y/o material didáctico e informático complementario para el curso 2012-13, del comprendido en el artículo 4.2 de la presente Orden, por importe igual o superior a la cuantía de la ayuda, a nombre del solicitante o bien de su padre, madre o tutor, siempre que forme parte de la unidad familiar, en la cual deberá constar la acreditación de su pago. En caso de no justificar la adquisición de material incluido en la convocatoria por importe igual o superior al importe máximo recogido en el artículo 4.1 de la presente Orden, se concederá solamente el importe debidamente justificado.

No obstante, con carácter excepcional, aquellos interesados cuyos ingresos de la unidad familiar en el año 2011 en función del número de miembros no hayan superado los umbrales de renta previstos en el siguiente cuadro, no estarán obligados a presentar junto a la solicitud la factura.

Los beneficiarios que por no superen los umbrales de renta previstos en el párrafo a) del artículo 8.3 no hayan presentado la factura junto a la solicitud, deberán presentar dicha factura en el plazo de un mes a contar desde que se haya hecho efectivo el pago de la ayuda.

Los umbrales de renta son:

N° de miembros

Umbral máximo no superable

2.300

4.600

6.900

9.200

11.500

13.800

16.100

18.400

A partir del octavo miembro se añadirán 2.300 euros por cada nuevo miembro computable.

El último apartado del artículo 8 (que por error aparece numerado como 5) pasa a ser el apartado 6, y queda redactado del siguiente modo:

"El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 11 de octubre de 2012.

Excepcionalmente, se podrán admitir solicitudes fuera de plazo en el caso de alumnos que se incorporen a un centro escolar sostenido con fondos públicos de la Región de Murcia con posterioridad a la finalización de dicho plazo".

Para más información pueden dirigirse a la Secretaría de cada uno de los colegios e institutos del municipio.

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