El ayuntamiento informa de la apertura del plazo para solicitar ayudas al imas para ayudas técnicas y adaptación funcional del hogar

Desde la Concejalía de Servicios Sociales se informa a todas las personas mayores y personas con discapacidad del Municipio de Alhama, que desde el día 26 de febrero hasta el 15 de abril de 2019, está abierto el plazo de solicitud de ayudas convocadas por el Instituto Murciano de Acción Social. No obstante, se recomienda que aquellas personas que tengan la necesidad de solicitar las ayudas lo hagan a la mayor brevedad posible, debido a que la partida presupuestaria disponible es limitada y puede agotarse en pocos días.

Estas Ayudas son de carácter económico, dirigidas a personas con discapacidad legalmente reconocida o personas mayores de 65 años, que sean pensionistas de la seguridad social en cualquiera de sus modalidades, que residan en cualquier municipio de la Región de Murcia (debidamente empadronadas), y precisen de apoyo para la adaptación de su vivienda habitual (por ejemplo: cambiar la bañera por un plato de ducha, instalar barandillas, etc.), así como la adquisición de ayudas técnicas (audífonos, gafas, lentes, tratamiento bucodental, etc). El importe mínimo de la ayuda solicitada será de 100€ y el máximo de 3.000€.

En caso de solicitar ayudas para audífonos, gafas, lentes, tratamientos bucodentales, será necesario acreditar la necesidad de dicha ayuda técnica, mediante informe médico actualizado. Así mismo, para todas las ayudas, se deberá acreditar el coste económico mediante factura o prepuesto (con fecha a partir del 01/01/2019), cuyo importe no puede ser inferior a 100€ ni superior a 3.000€. Posteriormente el IMAS podrá conceder la totalidad del coste presupuestado o solo una parte de este.

Así mismo algunos de los principales requisitos a tener en cuenta son:

La renta per cápita de la unidad de convivencia no puede superar:

Unidad familiar unipersonal: 1.344,60€/mes.

Unidad familiar de dos personas: 941,22€/mes por persona.

Unidad familiar integrada por tres o más personas: 672,30€/mes por persona.

No disponer de bienes inmuebles, excluida la vivienda habitual u otros que sean actividad económica principal., cuya valoración catastral sea superior a 38.724,18€.

Los rendimientos de capital mobiliario del último ejercicio fiscal no supere: 161,35 € mensual.

Haber justificado las ayudas obtenidas en los dos años anteriores.

Las solicitudes deberán ser presentadas a través de Ventanilla Única, cumplimentado el modelo de solicitud normalizado así como aportando la documentación necesaria. Pueden dirigirse al Centro de Servicios Sociales, ubicado en C/ Los Baños n° 10, en horario de atención al público de 9.30 a 14.00 horas, para ampliar información, aclarar dudas o recibir apoyo en la tramitación.

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